MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY SOBRE USO, FOMENTO E INTEGRACIÓN DE LA BICICLETA
VISTOS:
Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo previsto por la ley nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
CONSIDERANDO:
1º Que la Constitución Política de la República, en su artículo 19 nº 8, asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación ;
2º Que, asimismo, la Constitución asegura a todas las personas el derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero sujetándose a las normas establecidas en la ley;
3º Que entre las funciones del Estado están el cuidado de la salud y seguridad de las personas, el fomento de la igualdad y la democracia entre los ciudadanos, y el resguardo del medio ambiente, y que, en este sentido, aquellos medios de transportes a tracción humana, como la bicicleta, que muestran mayor eficiencia en el uso de la capacidad vial y protección del ambiente y que promueven una mayor civilidad y cooperación entre los usuarios de las redes viales deben ser materia de fomento y promoción por parte del Estado ;
4º Que es altamente conveniente para la salud y el bienestar de las personas y del planeta, que la población migre en forma creciente de vehículos motorizados, particularmente de los privados, a medios de tracción humana como la bicicleta y la caminata para resolver parte importante de sus desplazamientos diarios;
5º Que, dicho lo anterior, la circulación de bicicletas resulta ser una alternativa a la circulación de automóviles, por tanto, debe ser estimulada por el Estado.
6º Que la presente iniciativa tiene por objetivo promover el uso de la bicicleta como medio de transporte, para lo cual se declara a la bicicleta medio de transporte de utilidad pública e interés nacional, cuyo uso debe ser promovido, estimulado y fomentado por el Estado en todos sus niveles.
7º Que el uso masivo de las bicicletas en Chile permitirá un mejor y más sencillo desplazamiento de la población, como ocurre en países como Holanda, Dinamarca o Canadá, donde sus habitantes hacen un uso masivo de este medio de transporte, en condiciones climáticas muchísimo más adversas.
8º Que la bicicleta es un medio de transporte económico, que permite a sus usuarios un ahorro de dinero en transporte, una mayor movilidad, un acceso más equitativo y expedito al espacio público y a los bienes de la ciudad, produce integración, facilita el contacto y la comunicación entre las personas, transformándose en un instrumento que contribuye a aumentar la cohesión social y la seguridad ciudadana.
9º Que su uso y fomento contribuirá a la disminución de la contaminación ambiental, lo que repercutirá positivamente en la salud pública, la sustentabilidad del medio ambiente y el fomento del ejercicio físico de los usuarios.
10º Que existe una extensa literatura nacional e internacional que indica que la integración masiva de la bicicleta al sistema de transporte urbano y rural, particularmente para la realización de viajes cortos y de aproximación a medios colectivos motorizados, optimiza todo el sistema de transporte, mejorando las condiciones de viaje de todos los usuarios del sistema.
11º Que la actual saturación vial y contaminación ambiental y acústica en las ciudades chilenas constituye un problema grave que atenta contra la sustentabilidad y el buen desarrollo social y económico de éstas y del país, exigiendo estrategias de transporte integrales que aprovechen las fortalezas y minimicen las debilidades de cada modo de transporte. Las ciudades del siglo XXI enfrentan el triple desafío de la contaminación local, el calentamiento global, y un alza inevitable en los precios de las energías tradicionales. Por lo tanto, su desarrollo futuro dependerá de una maximización de sus recursos actuales, entre ellos de las tecnologías de patrimonio universal como la bicicleta.
12º En este sentido, la necesidad de cambio en los hábitos de transporte está objetivamente planteada y justificada: la saturación vial y la contaminación ambiental y acústica son elementos hoy problemáticos y lo serán aun más en el futuro. Por lo cual, una solución a los problemas enunciados pasa por la creación de condiciones materiales que permitan la circulación por medio de transportes alternativos al automóvil.
13º Que la salud, el medio ambiente, la organización de las ciudades, la autonomía personal, en definitiva, la calidad de vida se verán beneficiados con esta ley.
14º Que los numerosos estudios médicos realizados hasta la fecha reconocen que el ir en bicicleta mejora la salud general. Reduce el riesgo de enfermedades coronarias y puede ayudar también a la prevención y control de problemas físicos como la osteoporosis, la diabetes, la obesidad, algunos tipos de cáncer, problemas de orden músculo-esquelético, además de retrasar la aparición de la invalidez, tanto física como mental. Asimismo, los efectos beneficiosos del uso de la bicicleta para la salud pueden ser especialmente importantes en determinados segmentos de la población, como por ejemplo, en la etapa escolar donde la obesidad, producto del sedentarismo, ha alcanzado niveles alarmantes o en las personas de la tercera edad donde el ejercicio moderado y continuado constituye una terapia básica para una vida saludable.
15º Que las bicicletas actuales, construidas con dos, tres y más ruedas, con cambios y diversos accesorios y modelos, constituyen un medio de transporte de fácil manejo, asequible para toda la población y apto para la práctica de personas de todas las edades y condiciones físicas, incluidas las personas con diversos tipos de discapacidad física, que gracias a modelos especiales adquieren autonomía de desplazamiento. Proporciona, a su vez, una gran flexibilidad y libertad de movimiento y permite transportar pasajeros, niños y pequeñas cargas, asegurando a sus usuarios una mayor autonomía, versatibilidad y una mejor planificación de los tiempos de viaje.
16º Que la experiencia internacional demuestra que ciertas medidas de restricción y control del acceso de vehículos motorizados a determinadas zonas de carácter patrimonial, comercial, turístico o de esparcimiento, contribuyen a la recuperación, revitalización y revalorización del espacio así intervenido. Medidas como la prohibición de entrada, peatonalización, sólo bicicletas y peatones, declaración de Zona 20 o Zona 30, donde la velocidad máxima no puede exceder ese límite y otras similares, calman el tráfico, producen descongestión vehicular, mayor integración social, aumento de la seguridad y un notorio incremento de peatones y ciclistas, con la consiguiente revitalización económica y social del entorno.
17º Que en los países más desarrollados, el impulso de políticas que fomentan el uso de la bicicleta como medio de transporte es reconocido como parte imprescindible de cualquier política global de transportes que aspire a la sostenibilidad ambiental, el bienestar y la equidad social.
18º Que en nuestro país, en el siglo pasado el uso de la bicicleta y de otros medios a tracción humana fue siendo desplazado producto del uso irracional y excesivo de los vehículos motorizados privados, hasta llegar a la situación actual en que sus usuarios no cuentan con las condiciones mínimas para un desplazamiento seguro, eficiente, respetado y cómodo, entre ellas una infraestructura atractiva, segura, directa e integrada.
19º Que incluso en hogares que cuentan con un vehículo motorizado, no todos los miembros tienen acceso a usarlo. Este factor, más otros de amplio impacto social, tales como el aumento en el precio de los combustibles y los insumos de la locomoción colectiva o privada motorizada, así como el impacto mundial y la toma de conciencia generalizada sobre los devastadores impactos del calentamiento global del planeta han llevado a muchas personas, sobretodo jóvenes, a comenzar a usar la bicicleta para trasladarse.
20º Que requiriendo el automóvil de una costosa infraestructura vial y estacionamiento en todos los puntos del viaje para trasladar en promedio a una o dos personas, situación de extrema ineficiencia que origina un deterioro persistente y cada vez más nocivo en el aire y los espacios públicos de la ciudad, colmando calles, veredas y plazas que son requeridos por las personas, particularmente por los niños, jóvenes y adultos mayores para actividades esenciales para la salud, la sociabilidad y el bienestar general. Siendo la bicicleta una vehículo de desplazamiento silencioso, de emisión cero CO2, que requiere de un mínimo espacio para desplazamiento y estacionamiento, su uso masivo beneficiará a todos y debe ser objeto de políticas públicas de fomento y promoción, que permitan redistribuir los espacios públicos a favor de las personas más vulnerables y más necesitadas, aportando así a una mayor equidad social y dignidad humana.
21º Que la razón por la cual el uso de la bicicleta como medio de transporte no se ha masificado en nuestro país es la escasez de una infraestructura adecuada que les permita reconocer en este medio de transporte una alternativa real y que, además, los proteja de los vehículos pesados.
22º Que en la actualidad se reconoce que la bicicleta es un eficaz medio de transporte que representa una alternativa cotidiana para muchas personas. Sin embargo, el uso de la bicicleta se ve en la actualidad limitado y condicionado por el gran medio de transporte de nuestros tiempos: el automóvil. La masiva y generalizada utilización de estos vehículos, la predominante adecuación a ellos, tanto de la infraestructura vial como de la normativa del tránsito, restringen el ámbito de utilización sin riesgo de la bicicleta. El logro de una situación equilibrada y una óptima utilización de los distintos medios de transporte imponen la búsqueda de soluciones de combinación entre aquéllos, con fórmulas que se refieren tanto a la ordenación del espacio físico, principalmente, el delimitar espacios físicos para la circulación exclusiva o preferente de bicicletas, como a la reglamentación vial favorecedora del uso de la bicicleta.
23º Que para alcanzar los objetivos mencionados, el presente proyecto de ley contiene diversas modificaciones a la Ley del Tránsito.
POR LO TANTO,
Los diputados que suscriben vienen a someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente,
VER PROYECTO DE LEY COMPLETO
Carolina Tohá Morales
Diputada
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